Promoción de la organización de usuarios y usuarias |
La Grita (9 Mayo 2012). En las instalaciones de la Televisora comunitaria
se adelanto el Encuentro de promoción y conformación de la organización de
usuarios y usuarias de los servicios de telecomunicaciones. La presentación
estuvo a cargo de Maximiliano Galeano funcionario de Conatel. Quien
resalto los mecanismos “perversos” de manipulación empleados por los medios
comerciales a través de la publicidad y el contenido ideológico de su
programación; para lo cual los Comités de usuarios y usuarias deberán promover
la percepción critica de los mensajes difundidos a través de los medios de
comunicación así como de velar por un uso correcto del espacio radioeléctrico,
patrimonio de todos y todas.
Asistieron voceros de consejos
comunales, instituciones, movimientos sociales de los municipio Jáuregui, José
María Vargas y Seboruco.
Sede Jaureguina Televisión comunitaria |
¿Qué es la Participación?
Permite a las
organizaciones acceder al control sobre su propia situación y proyecto de vida
mediante su intervención en decisiones, iniciativas y gestiones que afectan su
entorno vital.
MARCO JURÍDICO DE LOS COMITÉS
DE USUARIOS Y USUARIAS:
Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela (Art. 62)
“Todos los ciudadanos y ciudadanas tienen el derecho de participar
libremente en los asuntos públicos... La participación del pueblo en la
formación, ejecución y control de la gestión pública es el medio necesario para
lograr el protagonismo que garantice su completo desarrollo, tanto individual
como colectivo...”.
Ley Orgánica de
Telecomunicaciones (Art. 201)
“El Estado promoverá la existencia de organizaciones no gubernamentales
de defensa de los derechos de los usuarios de servicios de telecomunicaciones,
las cuales procurarán coordinar su
actuación con la Defensoría del Pueblo”.
Ley Orgánica de la
Administración Pública (Art.
“... los órganos y entes de la Administración Pública promoverán la
participación ciudadana en la gestión pública. (…) las personas podrán, a
través de las comunidades organizadas (…) presentar propuestas y formular
opiniones sobre la gestión de los órganos y entes de la Administración
Pública.”
Art. 1 Objeto de la Ley de Responsabilidad Social en Radio,
Televisión y Medios Electrónicos:
“... establecer en la difusión y recepción de mensajes, la
responsabilidad social de los prestadores de servicios de radio y televisión,
proveedores de medios electrónicos, los anunciantes, los productores nacionales
independientes y los usuarios y usuarias... las disposiciones de la
presenta Ley, se aplican a todo Texto…”
Ley de Responsabilidad Social
en Radio, TV y Medios Electrónicos (Art. 12)
Los Usuarios y
Usuarias de los servicios de radio, televisión y medios electrónicos con el
objeto de promover y defender sus intereses y derechos comunicacionales, podrán
organizarse de cualquier forma lícita, entre otras, en Organizaciones de
Usuarios y Usuarias.
Asistentes al encuentro |
¿Qué son las Organizaciones de
Usuarias y Usuarios (OUU) de Radio,
Televisión, Medios Electrónicos?
Las OUU de servicios de telecomunicaciones son asociaciones de interés
público, sin fines de lucro, autónomas e independientes ante el Estado y los
prestadores de servicios de telecomunicaciones, que tienen por objeto promover
y defender los intereses y derechos comunicacionales de los usuarios y usuarias
de servicios de Radio, Televisión y Medios Electrónicos, de conformidad con la
Constitución y demás normativa vigente.
¿Cómo ejercemos la contraloría
social a los Servicios de Radio, TV y
Medios Electrónicos?
ü
Monitoreando y registrando la programación
transmitida por los prestadores de servicios.
ü
Presentando solicitudes, recomendaciones,
quejas, reclamos y/o denuncias a los prestadores de servicios.
Accediendo a los registros de los
mensajes difundidos a través de los servicios de radio y televisión abierta con
cobertura nacional, a través de CONATEL
Contribuimos en la controlaría social cuando la Ley de Responsabilidad
en Radio, TV y Medios Electrónicos propone:
ü
La cesión de 10 minutos semanales a los usuarios
y usuarias para transmitir mensajes culturales, educativos, informativos o preventivos, a través del MINCI (Art. 10).
ü
La
representación en el Directorio de Responsabilidad Social y el Consejo de Responsabilidad Social (2
representantes de las OUU).
ü
Impulsar
proyectos de educación para la percepción crítica de los mensajes transmitidos
por los prestadores de servicios de Radio y TV, a través del Fondo de
Responsabilidad Social.
ü
¿Qué actividades pueden realizar las OUU?
ü
Actividades
tales como: charlas, foros, talleres, encuentros para difundir los derechos de
los usuarios y usuarias.
ü
Promover
espacios de diálogo entre el Estado, prestadores de servicio de radio y
televisión y los usuarios y usuarias.
ü
Exigir
el estricto cumplimiento de la LOTEL y la LRSRTV.
ü
Facilitar
o aportar pruebas que permitan verificar el incumplimiento por parte de
prestadores de servicio.
Comité Comunicación Social y
Telecomunicaciones Consejo Comunal El Himalaya
Comunicación e información hacia la
consolidación del poder popular.
La Grita – Edo. Táchira
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